BASES LEGALES SORTEO COFRE AUDI – RESEÑA GOOGLE MY BUSINESS

  1. ORGANIZADORES Y OBJETO DEL SORTEO.

MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L, sociedad española, con domicilio social en calle Independencia, núm. 4, 28013 Madrid y NIF B-42883652, https://www.motorpacificoaudi.com  (los “Organizadores”). Los Organizadores, a través de las concesiones de San Juan y de La Vila llevarán a cabo un sorteo (en adelante, el “SORTEO”) dirigido a las personas que han pasado por la concesión en 2023 y que pasarán por ello durante el SORTEO. La finalidad es aumentar el número de reseñas positivas en ambas concesiones.

  1. ÁMBITO TERRITORIAL Y DE APLICACIÓN DE LA PROMOCIÓN.

El SORTEO se llevará a cabo dentro del Estado Español, exclusivamente para clientes que hayan pasado por la concesión en el año 2023 y que lo harán durante la vigencia de esta en las instalaciones de San Juan y La Vila, además de formar parte de la BB.DD. y acepten las presentes bases legales mediante su participación en el mismo y cumplan los requisitos descritos en estas bases.

  1. ÁMBITO TEMPORAL.

El periodo de participación en el SORTEO tendrá una duración de 60 días (del 18 de enero al 18 de marzo) desde su publicación en la Cuenta Organizadora.

  1. CARÁCTER GRATUITO DEL SORTEO.

El SORTEO se llevará a cabo bajo la modalidad de “SORTEO gratuito”, es decir, la participación en este SORTEO no implicará ningún gasto para el participante.

  1. COMUNICACIÓN DEL SORTEO.

El presente SORTEO se comunicará durante el período en el que se encuentre activo, a través de las concesiones de San Juan y La Vila.

  1. REQUISITOS, PERSONAS LEGITIMADAS Y MECÁNICA DEL SORTEO.

Para participar en el SORTEO, los participantes deberán:

  1. Ser residentes en España.
  2. Haber pasado por la concesión en el 2023 o en el 2024 y formar parte de la BB.DD. en el periodo de vigencia del SORTEO en San Juan o La Vila.
  3. El ganador tendrá que acreditar que ha realizado una reseña positiva complementada con un comentario o fotos de la concesión o ambas, pasando por la concesión y enseñando su DNI para confirmar que es la persona que ha realizado dicha reseña.
  4. Ningún trabajador de Audi Motor Pacífico podrá participar en el SORTEO.

La resolución del SORTEO se realizará en una aplicación de elección aleatoria.

Los usuarios podrán participar en el SORTEO desde el 18 de enero hasta el 18 de marzo, siempre y cuando pasen por las instalaciones y dejen una reseña positiva 

  1. PREMIO.

Habrá un ganador a lo largo de todo el SORTEO. El premio será:  

  • Un baúl porta esquís y portaequipajes de color negro brillantes y una capacidad de 430 litros, valorado en 930 € y unas bacas adaptadas al modelo del cliente ganador.

El premio no será canjeable por dinero.

El Organizador se reserva la posibilidad de modificar el indicado premio por causas imprevistas, sustituyéndolo por otro.

  1. COMUNICACIÓN DEL GANADOR.

La Cuenta Organizadora realizará el sorteo:

  • En los días posteriores a la finalización del SORTEO 

La comunicación se hará contactando con el ganador a través de las reseñas de Google My Business.

Si transcurridos 2 días desde la realización del SORTEO, no se lograra contactar con el ganador, se asignará el premio al primer suplente.

La Cuenta Organizadora pedirá al ganador, sus datos completos (nombre, apellidos, dirección, teléfono y email) para que pueda pasar a recoger el premio.

  1. RESERVAS Y LIMITACIONES.

Los Organizadores se reservan la posibilidad de rechazar el registro de aquellos participantes cuyos datos no estén completos o sus participaciones no cumplan los requisitos para poder entrar en el SORTEO. Los Organizadores se reservan el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del SORTEO, cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma descrita en estas bases.

   

   11. ACEPTACIÓN.

La participación en el SORTEO implica, por sí misma, la aceptación de las presentes bases; las cuales podrán consultarse en la página https://motorpacificoaudi.com/base-legales-sorteo/. La falta de esta aceptación por parte del participante comportará la exclusión de su participación en el SORTEO.


   12. AGRADECIMIENTO.

Una vez finalizado el SORTEO, se tomará fotos del ganador en la concesión con el gerente o el director de ventas, que posteriormente se subirá a las redes sociales de la Cuenta Organizadora.


   13. TRATAMIENTO DE DATOS.

De conformidad con la normativa de protección de datos, los Organizadores informan que van a proceder al tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes, en los siguientes términos: Finalidades: La finalidad del tratamiento es exclusivamente gestionar la participación de los usuarios en el SORTEO descrito en las bases hasta su total ejecución, incluida la entrega del premio al ganador. Asimismo, y derivado del SORTEO, será finalidad la difusión de la identidad e imagen, en su caso, del ganador por parte de MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L, en todas sus plataformas, fomentando la transparencia en el proceso; así como en las redes sociales pertenecientes a MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L. También será finalidad del tratamiento, el uso publicitario del premio y el nombre e imagen del ganador por parte de MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L.


Licitud del tratamiento: La legitimidad para el tratamiento de los datos personales facilitados se basa en el consentimiento dado por el participante, de manera individual, para participar en el SORTEO y según las finalidades antes descritas.


Comunicación de datos: Los datos recabados con motivo del SORTEO podrán facilitarse a otras sociedades/organismos relacionados con la gestión de los servicios prestados por la entidad (para la ejecución, gestión administrativa y/o contable de la promoción, Agencia Tributaria, etc.) o auxiliares de aquellas, así como en los casos que se disponga legalmente.


Plazos de conservación: Finalizado el SORTEO, los datos de carácter personal facilitados con permiso de comunicación comercial se mantendrán en MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L. El resto serán cancelados, quedando éstos bloqueados, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión.


Derechos: Cualquier participante tiene derecho a obtener confirmación sobre si MOTOR PACIFICO PREMIUM S.L está tratando sus datos personales. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación, supresión y portabilidad en la siguiente dirección: info@motorpacificopremium.es , simplemente solicitando la baja de su información aportando el mismo correo con el que se registró. Además, en redes sociales podrán ejercer los derechos que la Ley les confiere, si bien, puesto que dichas plataformas pertenecen a terceros, las respuestas a los ejercicios de derechos quedarán limitadas por las funcionalidades que permita la red social de que se trate, por lo que recomendamos que antes de seguir nuestros perfiles en redes sociales revises las condiciones de uso y políticas de privacidad de estas. Si el participante considera que su tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, podrá poner una reclamación ante la autoridad de control en agpd.es Los datos personales requeridos en este SORTEO son necesarios para garantizar la transparencia y objetividad del proceso, por lo que los participantes están obligados a comunicarlos. Los interesados podrán presentar reclamación para la tutela de sus derechos en la Agencia Española de Protección de Datos Personales, en su sede electrónica o en la dirección postal de la Calle Jorge Juan número 6, 28001 de Madrid.


    14. INDEPENDENCIA DE LOS ORGANIZADORES.

Los Organizadores son entidades independientes y, por tanto, son únicamente responsables de las obligaciones que estrictamente les corresponden en virtud de estas bases legales. En consecuencia, se eximen recíproca y respectivamente de cualquier exigencia y/o responsabilidad de una obligación exigible al otro de los Organizadores. Del mismo modo, los participantes no podrán exigir obligaciones o responsabilidades a uno de los Organizadores respecto a obligaciones previstas en estas bases que correspondan al otro de los Organizadores.


    15. LEY APLICABLE.

Las bases se rigen por la Ley común española.

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